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institución:BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 7 6 3 0 28 de junio, 2005 DAGJ-1751-2005 Licenciado Alexis Quesada Solano Director Contabilidad Gerencial BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Consulta sobre la aplicación de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Nos referimos a su oficio de fecha 24 de noviembre del 2004, mediante el cual plantea una serie de cuestionamientos relacionados con los alcances de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública respecto de su caso particular, las cuales pasamos a evacuar según su orden de formulación: 1.- En razón de que usted ocupa el cargo de Director de Contabilidad Gerencial en el Banco Crédito Agrícola de Cartago y ejerce la docencia en el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago (Nocturno), en la especialidad de Contabilidad y Finanzas, consulta si le afecta o no la prohibición contemplada en el artículo 14 de la Ley Nº 8422, dado que la docencia la ejerce fuera de la jornada ordinaria y el COVAO, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 4609, es una institución de carácter privado pero de interés público. En primer término, conviene tener presente lo dispuesto por el numeral 14 de la Ley Nº 8422 y el 27 de su respectivo reglamento ejecutivo, que por su orden disponen: “Artículo 14.—Prohibición para ejercer profesiones liberales.   No podrán ejercer profesiones liberales, el presidente de la República, los vicepresidentes, los magistrados del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones, los ministros, el contralor y el subcontralor generales de la República, el defensor y el defensor adjunto de los habitantes, el procurador general y el procurador general adjunto de la República, el regulador general de la República, el fiscal general de la República, los viceministros, los oficiales mayores, los presidentes ejecutivos, los gerentes y los ...
Fecha publicación: 02/07/2005
Fecha emisión: 29/06/2005
Documento: 07630-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales


PAGE 8 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 7 1 5 4 20 de junio, 2005 DAGJ-1675-2005 Licenciado Harlams Ocampo Chacón Director Legal a.i. BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio jurídico en torno a la aplicación de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Se refiere este Despacho a su oficio Nº LE-274-05 presentado a la Contraloría General el 17 de mayo del presente año, mediante el cual plantea una consulta relacionada con la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública (Ley Nº 8422 publicada en el diario oficial La Gaceta Nº 212 del 29 de octubre de 2004), planteando tres interrogantes sobre las cuales se pretende obtener respuesta del Órgano Contralor. Cabe señalar que en atención al requerimiento formulado en nuestro oficio Nº 5906 (DAGJ-1333) del 23 de mayo de 2005, mediante el oficio Nº LE-338-05 presentado al Órgano Contralor el 13 de junio de 2005 se acompañó el criterio legal institucional sobre las interrogantes planteadas, cuyas consideraciones y conclusiones destacaremos en este memorial según corresponda. 1) Sobre el particular, consultamos si las direcciones y divisiones antes mencionadas están incluidas en el régimen de prohibiciones del artículo No 14 de la Ley de Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública No 8422 y de su Reglamento? A partir de qué fecha debe pagarse a los funcionarios cubiertos por la prohibición la retribución económica correspondiente, desde la vigencia de la Ley o de la publicación del Reglamento? Aplica el pago a nombramientos interinos menores a seis meses? Dando lectura a la inquietud formulada, se tiene que ésta se encuentra relacionada con las referencias incorporadas en el artículo 14 de la Ley Nº 8422 en torno a los directores y subdirectores de departamento y titulares de proveedurías del sector público, y segundo en ...
Fecha publicación: 24/06/2005
Fecha emisión: 21/06/2005
Documento: 07154-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)
Tesauro: Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Pago de Prohibicion al Ejercicio Liberal de la Profesion


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Financieros, Economía y Comercio Al contestar refiérase al oficio Nº 6405 División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios de Servicios Financieros, Economía y Comercio Lic. José Manuel Solano Méndez 7 6 de junio, 2005 6 de junio, 2005 FOE-FEC-454 Licenciado José Manuel Solano Méndez Auditor Interno BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Atención a su oficio AUD-097/2005, de fecha 28 de marzo del 2005, sobre posibilidad de disfrute de vehículo de uso discrecional estando incapacitado o en vacaciones el funcionario a quien se le ha asignado. Nos referimos a su consulta, recibida en esta Contraloría General el pasado 29 de marzo, en la que plantea la interrogante sobre posibilidad de disfrute de vehículo de uso discrecional estando incapacitado o en vacaciones el funcionario a quien se le ha asignado. I. SOBRE LAS REGULACIONES DEL USO DE VEHÍCULOS DISCRECIONALES. El uso de vehículos discrecionales, se encuentra actualmente regulado según las disposiciones del Título VII referente a la Regulación del Uso de los Vehículos del Estado Costarricense de la Ley de Tránsito por vías terrestres Nº 7331, publicada en La Gaceta Nº 76 del 22 de abril de 1993. Esta normativa distingue tres tipos de vehículos oficiales, a saber: los vehículos de uso discrecional, los vehículos de uso administrativo y los vehículos de la Fuerza Pública y de los servicios de seguridad, cada uno de los cuales recibe un tratamiento normativo específico. Propiamente en cuanto a los vehículos de uso discrecional, el artículo 225 del cuerpo legal indicado establece: “ARTÍCULO 225.- Uso Discrecional. Estos vehículos son los asignados al Presidente de la República, Presidente de la Asamblea Legislativa, Vicepresidentes de la República, Ministros de Gobierno, Viceministros, Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Supremo de Elecciones, Contralor General de la República, ...
Fecha publicación: 09/06/2005
Fecha emisión: 06/06/2005
Documento: 06405-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST. SERVICIOS FINAN. ECONOMIA COMER.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


PAGE 2 R-DAGJ-279-2005 (BIS) CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica San José, a las catorce horas del veinte de mayo del dos mil cinco.---------------------------------------- Recurso de objeción interpuesto por Datadec, S.A. en contra del cartel de la Licitación Pública #02-2005, promovida por el Banco de Crédito Agrícola de Cartago para la adquisición y mantenimiento de una solución de Software y Hardware para la prevención de Lavado de Dinero. I.-POR CUANTO: La firma Datadec, S.A. interpuso recurso de objeción en contra del cartel de la Licitación Pública # 02-2005, para la adquisición y mantenimiento de una solución de Software y Hardware para la prevención de Lavado de Dinero ------------------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante auto de las doce horas del diez de Mayo del dos mil cinco, se concedió audiencia especial a la Administración con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y remitiera una copia fiel del cartel. -------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco de Crédito Agrícola de Cartago respondió la audiencia el 13 de mayo del 2005.----------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.-SOBRE EL FONDO: En forma reiterada este Despacho ha indicado que el recurso de objeción ha sido dispuesto en nuestro ordenamiento como el remedio para remover obstáculos injustificados o arbitrarios a la libertad de participación, en aras de respetar los principios de libre concurrencia e igualdad de trato. Así, los potenciales oferentes coadyuvan con la Administración en la formulación y depuración del pliego de condiciones. Este recurso demanda que el inconforme señale en forma expresa y razonada en qué consiste la arbitrariedad de la Administración, es decir, debe demostrar la falta de fundamento técnico o jurídico de la cláusula, con miras a llenar las expectativas de la Admin ...
Fecha publicación: 27/05/2005
Fecha emisión: 24/05/2005
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 3 4 2 5 29 de marzo, 2005 DAGJ-0754-2005 Licenciado Gregorio Segura Coto Subgerente General BANCRÉDITO Estimado señor: ASUNTO: Archivo de consulta referida a que, con base en un contrato particular, ese Banco contrate más horas de vigilancia para cubrir tiempos de almuerzo. Nos referimos a su oficio N° SAF-085-2005 del 14 de marzo de 2005, mediante el cual plantean a esta División una consulta en relación con la posibilidad de contratar vía addendum más oficiales de vigilancia para cubrir tiempos de almuerzo, sobre un contrato particular que ese Banco mantiene con una empresa que brinda servicios de seguridad y vigilancia o si, por el contrario, es obligación de la empresa cubrir esos tiempos. Sobre el particular, es menester señalar que la función consultiva que ejerce la Contraloría General de la República con fundamento en el artículo 29 de su Ley Orgánica y en la Circular N° CO-529 publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 107 del 5 de junio de 2000, no se orienta a resolver casos concretos que le sean sometidos por la Administración Pública. Así las cosas y, en vista de que la consulta que se nos plantea, versa sobre una situación específica en relación con un contrato suscrito con la empresa que brinda los servicios de mérito, el asunto deberá ser atendido necesariamente por la propia Administración, con la colaboración de su Asesoría Legal. Por lo expuesto, estamos disponiendo el archivo de su gestión sin especial pronunciamiento de nuestra parte. Atentamente, Licda. Silvia Chanto Castro Lic. Luis Fernando Jara Villalobos Gerente Asociada Fiscalizador LFJV/mgs C: Archivo Central NI: 6051 ( Criterios y pronunciamientos ] ...
Fecha publicación: 02/04/2005
Fecha emisión: 30/03/2005
Documento: 03425-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 3 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 00966 26 de enero, 2005 DAGJ-0205-2005 Licenciado José Manuel Solano Méndez Auditor Interno BANCO CREDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Información sobre la no aplicación a su caso como Auditor de la incompatibilidad establecida en el artículo 18 de la Ley contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública. Se refiere este Despacho a su oficio AUD-010/2005 recibido el pasado 11 de enero de 2005, en el cual hace constar que como auditor interno cuyo cargo está contemplado en el régimen de incompatibilidades establecido por el artículo 18 de la Ley No.8422, no se encuentra en ninguna de las situaciones que contempla ese artículo. I. Criterio del Despacho. En el caso que se nos consulta, la gestión surge a partir de lo que establecen los numerales 18 y 19 de la Ley No.8422, los cuales disponen: “Artículo 18.- Incompatibilidades El presidente de la República, los vicepresidentes, diputados, magistrados propietarios del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones, los ministros, el contralor y el subcontralor generales de la República, el defensor y el defensor adjunto de los habitantes, el procurador general y el procurador general adjunto de la República, el regulador general de la República, los viceministros, los oficiales mayores, los miembros de junta directiva, los presidentes ejecutivos, los gerentes y subgerentes, los directores y subdirectores ejecutivos, los jefes de proveeduría, los auditores y subauditores internos de la Administración Pública y de las empresas públicas, así como los alcaldes municipales, no podrán ocupar simultáneamente cargos en juntas directivas; tampoco podrán figurar registralmente como representantes o apoderados de empresas privadas, ni tampoco participar en su capital accionario, personalmente o por medio de otra persona jurídica, cuando tales empresas presten servic ...
Fecha publicación: 31/01/2005
Fecha emisión: 28/01/2005
Documento: 00966-2005.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
Tesauro: Concepto y Competencias de la Auditoria Interna , Incompatibilidades


PÁGINA 3 DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 13631 3 de noviembre, 2004 DAGJ-2922-2004 Ingeniero Gerardo Sánchez Fuentes Jefe a.i. Departamento de Proveeduría y Licitaciones BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO Estimado señor: Asunto: Consulta relacionada con la Licitación por Registro No. 9-2001, para la adquisición y puesta en marcha de una solución para la impresión y ensobrado de estados de cuenta corriente y estados de cuenta de la Tarjeta VISA y otros documentos. Nos referimos a su oficio PROV-1513-2004 del 13 de octubre del presente año, mediante el cual consulta la posibilidad de que esta Contraloría rinda un avalúo sobre el equipo y software adquiridos en la Licitación por Registro No. 9-2001, promovida para la para la adquisición y puesta en marcha de una solución para la impresión y ensobrado de estados de cuenta corriente y estados de cuenta de la Tarjeta VISA y otros documentos. I. Antecedentes. 1) Se promovió la Licitación por Registro No. 9-2001, para la adquisición y puesta en marcha de una solución para la impresión y ensobrado de estados de cuenta corriente y estados de cuenta de la Tarjeta VISA y otros documentos. 2) La Auditoría Interna recomendó promover un procedimiento de contratación para el análisis de la referida Licitación por Registro No. 9-2001, con la finalidad de comprobar sí la solución adquirida fue adecuada a las necesidades del Banco; valorar la razonabilidad del precio de los equipos, del precio de las licencias, del precio del entrenamiento, del precio del desarrollo, implantación y adaptación de los requerimientos adicionales y gastos administrativos. 3) Tal contratación recomendada por la Auditoría Interna no se efectuó, por el contrario se solicitó a Tributación Directa un avalúo sobre el equipo y software adquirido. 4) Mediante oficio AV-016-2004 del 30 de setiembre de 2004, suscrito por la licenciada Marta I. Quirós Garita, Gerente de la Dirección General de Tributac ...
Fecha publicación: 07/11/2004
Fecha emisión: 04/11/2004
Documento: 13631-2004.doc
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE ASUNTOS JURIDICOS ESTRATEGICOS (CRITERIOS)


PAGE 2 R-DAGJ-507-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las once horas del veinticuatro de agosto de dos mil cuatro.------------------------------------- Recurso de Objeción al Cartel de la LICITACIÓN POR REGISTRO Nº 15-2004, promovida por el BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO para la “Compra de seis vehículos”, instaurado por la empresa AUTOMOTORES SUPERIORES S. A.--------------------------------------- I.- POR CUANTO: La empresa AUTOMOTORES SUPERIORES S. A interpuso oportunamente recurso de objeción al cartel de este concurso.------------------------------------------------ II.- POR CUANTO: Mediante auto de las nueve horas treinta minutos del dieciséis de agosto del año en curso, se confirió audiencia especial a la Administración licitante con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos de la objetante y para que remitiera una copia fiel y completa del cartel de la Licitación.--------------------------------------------------------------------------------------------- III.- POR CUANTO: En tiempo y forma la entidad licitante atendió la audiencia especial previamente conferida.------------------------------------------------------------------------------------------------- IV.- SOBRE EL FONDO: El recurso de objeción al cartel se dispone con el objeto de remover obstáculos infundados técnica o legalmente que limiten la participación del mayor número de oferentes, a efecto de garantizar el principio de igualdad y libre competencia consagrado en la Ley de Contratación Administrativa. Al respecto el Órgano Contralor se ha pronunciado reiteradamente, en el sentido de que los pliegos de bases en un procedimiento de concurso público, constituyen el reglamento específico de la contratación que se promueve y, como tal, deben constituir un cuerpo de especificaciones técnico, claro, suficiente, concreto, objetivo y amplio, en cuanto a la oportunidad de participar, de manera que las restriccion ...
Fecha publicación: 27/08/2004
Fecha emisión: 24/08/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-455-2004 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las diez horas del séis de agosto de dos mil cuatro.----------------------------------------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Proyectos & Sistemas Proyectica S. A., en contra del cartel de la Licitación Pública 03-2004, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la adquisición, implantación, personalización y puesta en marcha de un software de administración de fideicomisos y su equipo requerido.--------------------------------------------------------- I?Por Cuanto: El recurso que se conoce fue presentado en tiempo y forma.------------------------------- II?Por cuanto: Alega la firma objetante: 1) Que ostenta legitimación. 2) Que el recurso fue presentado en tiempo y forma. 3) Que el los puntos 22.19 y 22.30 referidos a la garantía del equipo, por considerar que limitan la participación de su empresa por no ser distribuidores autorizados directos de fabricantes de hardware. Afirma que en el país son pocos los distribuidores directos de fabricantes, por lo que considera que se atenta con la libre competencia e igualdad de condiciones. Solicita que se permita ofrecer hardware sin ser distribuidor directo del fabricante. 4) Que objeta el punto 22.20.1 del cartel referido a sistema operativo, debido a que actualmente las microcomputadoras sólo incluyen el sistema operativo Windows XP y no la versión anterior que el Windows 2000. 5) Que objeta los puntos 336 y 337 referidos a la experiencia, por considerarlos discriminatorios y contrarios al principio de igualdad de trato, por cuanto estima que se deben otorgar igualdad de puntos a la experiencia nacional como internacional. 6) Que impugna el punto 341 del cartel referido a ofertas en consorcio, toda vez que considera que la norma cartelaria restringe la ley, limita a las empresas internacionales participar bajo la figura de consorcio con una firma local, así co ...
Fecha publicación: 12/08/2004
Fecha emisión: 09/08/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL


PAGE 2 R-DAGJ-426-2004 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA. División de Asesoría y Gestión Jurídica. San José, a las trece horas con treinta minutos del veintitrés de julio de dos mil cuatro.----------------- Recurso de objeción al cartel interpuesto por Disexport Internacional S.A., en contra del cartel de la Licitación por registro 15-2004, promovida por el Banco Crédito Agrícola de Cartago para la compra de seis vehículos.----------------------------------------------------------------------------------------- I. POR CUANTO: Disexport Internacional S.A. interpuso recurso de objeción mediante su escrito presentado ante esta Contraloría General el 10 de junio de 2004.------------------------------------------- II. POR CUANTO: Mediante el auto de las 14:30 horas del 12 de julio de 2004, la División de Asesoría y Gestión Jurídica, confirió audiencia especial a la Administración respecto del recurso interpuesto, con el objeto de que se refiriera por escrito a los argumentos del objetante y remitiera una copia fiel del cartel de la presente licitación.-------------------------------------------------------------- III. POR CUANTO: El Banco Crédito Agrícola de Cartago atendió la audiencia conferida mediante el oficio No. PROV.No. 1139/2004 del 16 de julio de 2004.------------------------------------- IV. POR CUANTO: Recurso de Disexport Internacional S.A. 1) Potencia y cilindrada. Indica la recurrente que la Administración no modificó el cartel conforme los términos dispuestos por la Contraloría General y no amplió la cilindrada del motor y estableció 110 Hp más menos 10 Hp con lo que dejó nuevamente fuera a su representada con 99 Hp. Requiere que se amplíe la cilindrada hasta 1.800 cc y que se establezca el rango de potencia en porcentaje y no en hp para que su unidad que apenas tiene un Hp menos que el mínimo pueda concursar. En cuanto a este punto la Administración se allanó parcialmente, en la medida que esa condición objetada se va a mantener como pref ...
Fecha publicación: 30/07/2004
Fecha emisión: 27/07/2004
Institución: BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Proceso: OTROS